En la mañana del lunes, 29 de mayo, tras conocer el triunfo del PP en las elecciones autonómicas y municipales del 28M, Pedro Sánchez, ha lanzado un comunicado que ha sorprendido a muchos españoles. El presidente del Gobierno ha asumido "en primera persona" la debacle del PSOE y ha convocado elecciones generales anticipadas el 23 de julio de 2023 y no a finales como estaba previsto. Tras el escrutinio el PP ha salido ganador, con una ventaja de más de 760.000 votos respecto al PSOE.
Los españoles están llamados a votar y los datos no mienten. Reflejan que desde 2015 se han celebrado en España 43 elecciones entre generales, autonómicas, locales y europeas. E incluso, la cifra supera las 200 si se toma como punto de partida la Transición, desde la que únicamente ha habido tres años sin comicios: 1978 -curso en que se celebró el referéndum constitucional-, 2002 y 2013, según avanza Newtral.
No obstante, las elecciones generales tienen una mayor participación que el resto de elecciones y se vienen celebrando desde antes de 1977, al ser un paso indispensable para estructura la España democrática tras la dictadura franquista entre 1939 y 1975. Fue el 1 de octubre de 1813 cuando por primera vez en la historia de las elecciones generales en España se dio el sufragio universal masculino.
Cabe recordar que en España la primera vez que todos los hombres pudieron votar fue pasada la mitad del siglo XIX, con la Constitución de 1869, y que hasta 1933, con la Constitución de la Segunda República, no alcanzan las mujeres este derecho. Aunque frenado por el franquismo. Estas son las fechas señaladas en el calendario de los españoles.
Fechas señaladas en rojo en el calendario
10 de noviembre de 2019
28 de abril de 2019
26 de junio de 2016
20 de diciembre de 2015
20 de noviembre de 2011
9 de marzo de 2008
14 de marzo de 2004
12 marzo de 2000
3 de marzo de 1996
6 de junio de 1993
29 de octubre de 1989
22 de junio de 1986
28 de octubre de 1982
1 de marzo de 1979
15 de junio de 1977
En este sentido, la Junta Electoral Central será el punto de contacto en España para recibir, transmitir y notificar, conforme a lo dispuesto en los artículos siguientes, la información que corresponda en relación tanto con los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea que residan y presenten en España candidatura a las elecciones al Parlamento Europeo, como de los ciudadanos españoles que residan en otros Estados miembros y deseen presentar en ellos su candidatura a las citadas elecciones.