Dada la enorme riqueza de nuestro idioma y el cada vez mayor interés por conocerlo, deleitarse con sus detalles y respetar sus numerosas, pero enriquecedoras normas y reglas, EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, a través de ejemplos concretos y la reproducción de las explicaciones oficiales y públicas de nuestra Real Academia Española (RAE) ayudará a todos los interesados en sumergirse en nuestra lengua a resolver sus posibles dudas. A continuación ofrecemos la respuesta de la RAE a la pregunta planteada: ¿Es correcto decir XXXX o debemos decir XXXX?
La llamada comúnmente «doble negación» se debe a la obligada concordancia negativa que ha de establecerse en español, y otras lenguas románicas, en determinadas circunstancias (v. Nueva gramática, § 48.3d), lo que da como resultado la presencia conjunta en el enunciado del adverbio no y otros elementos que tienen también sentido negativo.
Los adverbios nunca, jamás, tampoco, los indefinidos nadie, nada, ninguno, la locución en la/mi/tu/su vida y los grupos que contienen la palabra ni aparecen siempre en oraciones de sentido negativo. Si estos elementos van antepuestos al verbo, este no va acompañado del adverbio de negación no: Nunca voy al teatro; Él tampoco está de acuerdo; Jamás lo haré; Nadie lo sabe; Nada de lo que dice tiene sentido; Ninguno de ellos es actor; En su vida lo conseguirá; Ni su padre lo perdonaría.
Pero, si van pospuestos al verbo, este debe ir necesariamente precedido del adverbio no: No voy nunca al teatro; Él no está de acuerdo tampoco; No lo haré jamás; No lo sabe nadie; No tiene sentido nada de lo que dice; No es actor ninguno de ellos; No lo conseguirá en su vida; No lo perdonaría ni su padre. La concurrencia de esas dos «negaciones» no anula el sentido negativo del enunciado.