PUGNA CON HACIENDA

Competencia maniobra para poder vetar en concursos públicos a las empresas sancionadas por cárteles

La CNMC quiere fijar directamente la duración y el alcance de las prohibiciones de contratar con la Administración, que hasta ahora dependen de Hacienda. Ultima el lanzamiento de un proceso de audiencia pública para asumir esas funciones. 

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández, interviene en la reunión de la patronal gasista Sedigas, en Madrid. / EFE/Mariscal

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) lleva años intentando que las compañías sancionadas por participar en cárteles y manipular licitaciones de las Administraciones Públicas no sean castigadas sólo con una multa, sino que también tengan prohibido pujar en nuevas contrataciones públicas.

El organismo acumula ya multas millonarias para más de un centenar de empresas por "falseamiento de la competencia" y con cada expediente resuelto solicita al Gobierno que vete a estas compañías para optar a futuros contratos públicos. De momento, ninguna de esas empresas ha sido apartada de los concursos públicos. Para poder ser vetadas deben haber sido sancionadas mediante resolución o sentencia firme, y las compañías están evitando la aplicación de esa prohibición de contratar con las Administraciones recurriendo las sanciones a los tribunales y aplazando durante años que haya una decisión firme hasta que se agote la vía judicial.

Ante esta situación, la CNMC quiere poder aplicar directamente esos vetos a las compañías sancionadas por participar en cárteles sin tener que solicitar la prohibición a la Junta Consultiva de Contratación Pública, dependiente del Ministerio de Hacienda. El organismo presidido por Cani Fernández pretende lanzar un proceso legal para poder determinar directamente el alcance y la duración de los vetos de los grupos sancionados a pujar por concursos públicos.

La CNMC está a punto de abordar el asunto para intentar asumir esas funciones, apoyándose en sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que -según el criterio del organismo- le habilitan para establecer esos vetos directos. Los planes de Competencia pasan por lanzar un trámite de audiencia pública acerca de una comunicación sobre este asunto que aprobará el pleno del organismo de manera inminente, según confirman a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA fuentes oficiales del supervisor.

La CNMC acumula ya más de una docena de expedientes (resueltos entre marzo de 2019 y, el último de ellos, el pasado julio) con los que ha acreditado conductas contrarias a la competencia y mediante los que ha solicitado al Ministerio de Hacienda que aplique la prohibición de contratar tras establecer la duración concreta de esa exclusión. Sin embargo, la impugnación de las resoluciones por parte de las empresas congelará de facto durante años la aplicación de las sanciones, con una dilación prevista de entre tres y cuatro años desde la publicación de la resolución, según varias fuentes jurídicas consultadas.

En total, la CNMC ha reclamado ya al Gobierno que prohíba pujar por contratos públicos a un total de 150 empresas -que acumulan, además, multas por más de 510 millones de euros- por participar en la conformación de cárteles para repartirse licitaciones públicas, según los registros del regulador. Entre las compañías sancionadas se encuentran filiales de los grandes grupos de construcción y y de ingeniería (ACS, FCC, Ferrovial, Sacyr, Acciona, OHLA, Comsa, Isolux, Elecnor o Duro Felguera) y también subsidarias de algunos gigantes industriales (Alstom, CAF, Bombardier o Thales).

Para que se considere que la sanción es firme ha de establecerse en cada caso la duración y alcance de la prohibición de contratar (de entre 2 y 5 años, dependiendo de la gravedad de los comportamientos). Esos plazos hasta ahora no los fija la CNMC, sino que debe aprobarlos el Ministerio de Hacienda a propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública (un órgano en el que está representado varios ministerios, la propia CNMC, la Abogacía del Estado, la Intervención General del Estado, pero también varias patronales como Confederación Nacional de la Construcción o la Asociación de Fabricantes de Bienes de Equipo).

La Ley de Contratos del Sector Público establece efectivamente que las compañías han de haber sido sancionadas “con carácter firme” para que se les pueda aplicar la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas. Los recursos presentados ante los tribunales por las compañías aplazan la ejecución de su exclusión de los concursos públicos, ya que con ello se consigue que no pueda haber sanción firme hasta que haya una sentencia definitiva tras una larga carrera de recursos y contrarrecursos.