El Ingreso Mínimo Vital (IMV) nació con el objetivo de "prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas que viven solas o que están dentro de una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas". Ya hay más de 2 millones de españoles que perciben esta ayuda, y si quieren seguir haciéndolo deben cumplir una serie de obligaciones. En 2024, el IMV ha experimentado un aumento del 6,9% en sus cuantías, por lo que las familias necesitadas verán cómo aumenta esta ayuda.
Beneficiarios del IMV
Esta prestación está dirigida a familias en situación de vulnerabilidad económica que no superen los límites de ingresos y patrimonio ya establecidos. Estos núcleos pueden estar formados por familiares, matrimonio, parejas o víctimas de violencia de género y personas mayores de 65 años que no reciban otra pensión.
Para solicitar el IMV, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Residencia legal y efectiva. Los solicitantes deben residir legal y efectivamente en España y haberlo hecho durante un período continuado y previo a la solicitud.
Unidad de convivencia. Se evalúan los ingresos y el patrimonio de la unidad de convivencia del solicitante.
Situación económica. Se considera la situación económica del hogar, asegurándose de que los ingresos y el patrimonio no superen ciertos umbrales establecidos.
Cuál es la cuantía del IMV en 2024
Esta varía según la composición del hogar, con importes específicos para hogares monoparentales y aquellos con miembros con discapacidad. Estas asignaciones, que se distribuyen mensual y anualmente, varían según la composición familiar. Por ejemplo, para un adulto solo, la cuantía mensual es de 604,38 euros, mientras que para un adulto con tres o más menores, asciende a 1.329,65 euros al mes.
Complemento de ayuda a la infancia de 1.400 euros
Este complemento está destinado a familias con hijos menores de edad. El objetivo es garantizar el bienestar de los menores y apoyar a las familias en su cuidado. Las cuantías de este complemento varían según la edad de los menores y la situación económica de la familia, con asignaciones anuales específicas para hogares con ingresos bajos. Del mismo modo, las familias solicitantes no pueden sobrepasar un límite de rentas y de patrimonio. Los requisitos específicos son los siguientes:
Pertenecer a una unidad de convivencia con uno o más menores de edad.
Los ingresos de la unidad de convivencia no deben superar el 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia.
El patrimonio neto de la familia no debe exceder el 150% del límite fijados en la escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.
Cumplir con el test de activos, establecido en 6 veces la renta garantizada para un adulto, con una escala de incrementos igual a la del límite de rentas según el tipo de unidad de convivencia.
Para cada uno de estos supuestos existe una tabla en el que se muestran las diferentes cuantías y que puedes consultar en la página web de la Seguridad Social. Así, la cuantía de la ayuda para menores con edades entre 0 y 3 años es de 1.380 euros al año (115 euros al mes); 966 euros anuales serán para las familias que tengan niños entre 3 y 6 años (80,5 euros mensuales) y 690 euros anuales para niños a partir de seis años y hasta los 28 (57,5 euros al mes).
Este complemento de ayuda a la infancia se recibe automáticamente si ya estás cobrando el IMV, pero también pueden solicitarlo familias que no se hayan acogido a estas ayudas y que cumplan con los requisitos establecidos para la misma. Para tener acceso a la prestación se puede rellenar el formulario del IMV en la sede electrónica de la Seguridad Social.