Tribunal Supremo
Se amplía el plazo para reclamar los gastos hipotecarios: esta es la fecha clave
El plazo para poder reclamar judicialmente expiraba el pasado 24 de enero, pero ahora se ha extendido
Bajada de las hipotecas: esto es lo que ocurrirá con las fijas, variables y mixtas
Una joven mira los precios de la vivienda en una inmobiliaria. / GERMÁN CABALLERO
P. G.
El plazo para poder reclamar ante la justicia los gastos asociados a la hipoteca, en concepto de registro, gestoría y tasación y la mitad de los gastos notariales, no terminó el pasado 24 de enero. La suspensión de los plazos procesales durante el estado de alarma permite sumar 82 días adicionales, por lo que el período termina el 14 de abril.
En diciembre de 2015 una sentencia del Supremo que resolvía una demanda de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) estableció que era nulo y abusivo que los bancos impusieran a los clientes la totalidad de los gastos de formalización.
Aunque la sentencia declaraba que imponer la totalidad de los gastos era abusivo, no se determinó el porcentaje de reparto, qué debían pagar los usuarios y qué el banco, con lo que eso quedaba al criterio de las diferentes audiencias provinciales, que en su mayoría consideraban que los bancos tenían que pagar todos los gastos de formalización.
Después de varias sentencias del propio Tribunal Supremo y una del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en enero de 2019 quedaron fijados de manera definitiva los gastos que los bancos deben devolver a los consumidores una vez declarada abusiva la cláusula de imposición de gastos, que son:
- La totalidad de los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación.
- La mitad de los gastos notariales.
Este caso solo afecta a los hipotecados anteriores al 16 de junio de 2019 (cuando entró vigor la nueva ley de crédito inmobiliario).
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