Seguridad Social

Seguridad Social: el mensaje para las empleadas del hogar que no pueden trabajar

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Redacción

Las personas encargadas de la limpieza de hogares, como en cualquier otro trabajo, tienen derecho a solicitar la baja laboral en caso de requerirla por incapacidad temporal. Para hacerlo, simplemente basta con enviar una petición al Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la mutua colaboradora elegida por el empleador, tal como recoge la Revista de la Seguridad Social.

Cómo tramitar la prestación por incapacidad temporal

Para hacerlo, antes se debe disponer del correspondiente parte de baja emitido por los servicios de salud o por la entidad asociada a la mutua. Por su parte, el empleador deberá entregar un certificado de empresa donde consten las bases de la cotización de la persona empleada, para así tramitar la prestación correspondiente.

Dos vías posibles para la incapacidad temporal

Accediendo al apartado de Gestión de la prestación de incapacidad temporal de la Sede Electrónica, el empleado o empleada interesado en solicitar la baja puede hacerlo con certificado digital Cl@ve, o mediante identificación segura con selfie. En ambos casos, es obligatorio rellenar el formulario pertinente, que se puede descargar en la pestaña habilitada en la misma página, así como se puede acceder al envío gestión de solicitudes por medio de otros botones disponibles en la web.

Cuánto dinero recibo de la prestación de la Seguridad Social

El portal citado explica que "si la causa es una enfermedad común o accidente no laboral la prestación se abonará a partir del noveno día de la baja, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días cuarto al octavo de la citada baja, ambos inclusive. El importe será el 60 % de la base reguladora desde el día 4 al 20 ambos inclusive y el 75 % a partir del día 21 hasta la fecha del alta".

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En cambio, si la causa es una enfermedad profesional o accidente laboral, lo cual aparece especificado en los partes anteriormente mencionados, "el importe de la prestación será del 75 % de la base reguladora y se cobrará a partir del día siguiente a la fecha de la baja".

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