Este julio, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ofrece una ayuda de 525 euros dirigida a los pensionistas que tengan problemas para pagar el alquiler de su vivienda. Está pensada para todos los beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación o de invalidez y que con la modalidad no contributiva no llegan ni al 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Documentación necesaria para la ayuda
Los pensionistas deben acudir a las oficinas de Servicios Sociales más cercanas, en el día y hora indicados, para efectuar el trámite con la siguiente documentación:
Certificado catastral telemático para demostrar que no hay casa en propiedad
Fotocopia del contrato de arrendamiento
Certificado de empadronamiento
Declaración del pensionistas asegurando que la vivienda no es de ningún familiar de hasta tercer grado.
Cómo solicitar la ayuda de 525 euros
El plazo de presentación no termina hasta final de año, el 31 de diciembre. El trámite se puede hacer tanto por la vía telemática como por la presencial.
Vía presencial
Será necesario rellenar una solicitud previa que variará dependiendo de la comunidad autónoma a la que pertenezca la persona interesada. Hay una solicitud para los residentes en Ceuta y Melilla y otra para los que viven en el resto de comunidades autónomas.
Vía telemática
Habrá que acceder al trámite a través de Internet, en la Sede Electrónica de las Conserjerías Políticas Sociales de los gobiernos autonómicos.
Requisitos para la ayuda de 525 euros de los pensionistas
Todo lo que pide el Imserso para la concesión de la ayuda está recogido en el Real Decreto-Ley 1191/2012, y son los siguientes requisitos:
Cobrar una pensión de jubilación o invalidez no contributiva
No tener ninguna vivienda en propiedad
Ser el titular o la titular del contrato de arrendamiento
No tener con el arrendador ninguna relación conyugal o de parentesco de hasta tercer grado
La vivienda alquilada tiene que ser el domicilio habitual del pensionista (el contrato debe durar al menos 1 año y tienes que haber estado viviendo ahí al menos durante 180 días antes de solicitar la ayuda)
Si en el mismo hogar viven dos personas con una pensión no contributiva, solo podrá beneficiarse de la ayuda la persona titular del contrato